Falcón, Antonio Marcis y otros contra GCBA sobre empleo público (excepción cesantía o exoneraciones) - genérico
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó liquidar el subsidio considerando la totalidad de los ingresos percibidos por los actores, incluyendo adicionales y suplementos, en respuesta a la interpretación más favorable a los trabajadores y en línea con precedentes de la Cámara.
La Ordenanza N° 39.827 dispuso un subsidio para los agentes que integraron las Fuerzas Armadas Argentinas y participaron en las acciones bélicas desarrolladas en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, durante el conflicto por la recuperación de las Islas Malvinas, que se calculaba sobre el sueldo básico, y luego con la modificación de la Ordenanza N° 45.690 se amplió dicha base de cálculo, ya que a través de dicha norma se determinó que debían considerarse, además, los adicionales y suplementos percibidos por el agente por su situación de revista, es decir, no solo la remuneración básica. En el mismo sentido, la Sala I de la Cámara del Fuero consideró que la “asignación total de la categoría de revista” del agente no estaba, al momento del dictado de la Ordenanza Nº 45.690, solamente integrada por la asignación correspondiente a la posición escalafonaria, en cuyo caso dicha asignación no podría ser considerada `total´, sino también por los restantes suplementos y bonificaciones que le corresponden legalmente (“Mendicino Juan Bautista c/ GCBA”, del 07/07/04).
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