MAURIÑO, MIRTA OFELIAGLADYS CONTRA GCBASOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIAO EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó parcialmente la sentencia que reconoció el carácter remunerativo de sumas no remunerativas y ordenó su pago, rechazando los agravios del GCBA respecto a intereses y condenas a futuro.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto hizo lugar a la demanda de diferencias salariales interpuesta por la actora.
En efecto, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se agravia respecto a que la orden de abonar los adicionales, en adelante, con naturaleza remunerativa, por cuanto aquello constituiría una condena a futuro.
En este sentido, cabe destacar lo expresado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que “Cuando un fallo judicial establece como debió y deberá ser interpretado y aplicado, durante su vigencia, un contrato en curso y de larga duración, no debe verse en ello una condena o sentencia de futuro, sino la expresión como debió y ha de valorarse la relación de derecho que desde tiempo atrás une a las partes que intervienen en la "Litis” (Fallos 314:881).
De ello surge evidente que, en el caso, no habría una condena a futuro en la medida que sólo se trata de una decisión judicial que traduce la manera en que debió y deberá interpretarse una relación jurídica existente.
Así, mientras la situación jurídica básica no se vea alterada –es decir, mientras la actora continúe en actividad y la normativa aplicable al caso no sea modificada
- el valor declarativo de la sentencia se mantiene. Por tanto, el reconocimiento efectuado en la sentencia en análisis operará hacia el futuro siempre que se mantengan las circunstancias de hecho y de derecho allí consideradas.
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