OLMEDO COLMAN, AURORA AGUSTINA CONTRA GCBASOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario en Sala IV confirmó la admisibilidad del recurso directo y rechazó la oposición del GCBA respecto a la prueba testimonial, permitiendo la continuidad del proceso de revisión de la cesantía de Aurora Olmedo Colman.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde rechazar la oposición de la prueba planteada por la parte demandada. En lo que aquí interesa, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se opuso a la cantidad de testigos ofrecidos por la parte actora, en tanto, sostuvo que el Código Contencioso Administrativo y Tributario admite sólo a tres testigos y que como la actora ofreció mayor cantidad, debe limitarse a ese número. Es así que toda vez que la primera fuente de interpretación es la letra de la ley (Fallos: 307:2153; 312:2078 y 314:458, entre muchos otros) corresponde estar a lo dispuesto por el Código en el sentido que éste le otorga al Tribunal la facultad de habilitar el testimonio de tres (3) y hasta más testigos con posterioridad si se considerase que su declaración fuese necesaria para esclarecer la verosimilitud de los hechos que integran la "litis". De esta manera, en tanto el Gobierno local se limitó a expresar su oposición a la prueba testimonial ofrecida por la actora argumentando únicamente que la norma procesal “admite solo a tres testigos" y que por ello, cabría limitarla a ese número corresponde rechazarla y proceder, oportunamente, con lo establecido en el artículo 336 del Código Contencioso Administrativo y Tributario.
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