CAMILLI, ARIANA CONTRA GCB A OTROS SOBRE AMPARO POR MORA Número: EXP2966/2020-0
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires confirma la decisión de primera instancia que impuso costas al GCBA y reguló honorarios, considerando que la mora administrativa justificó la imposición y que los honorarios regulados son adecuados y proporcionales a la labor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto declaró abstracto el presente amparo por mora e impuso las costas al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En efecto, no viene discutido que esta acción de amparo por mora tramita conforme a las disposiciones de la Ley N° 2.145 y el artículo 14 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En tal sentido, no es cierto que el artículo constitucional prevea que las costas deben ser impuestas en el orden causado, en tanto únicamente dispone que el accionante estará exento de costas, salvo temeridad y malicia. En tal sentido, toda vez que no se ha demostrado temeridad o malicia en el caso, el actor nunca podría cargar con las costas del proceso, por lo que corresponde rechazar los agravios del Gobierno local relativos a la imposición de costas por su orden.
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