GOMEZ, RAUL ALBERTO SOBRE INCIDENTE DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA - QUEJA POR APELACION DENEGADA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala IV, resolvió que la queja por apelación denegada presentada por la parte actora fue extemporánea y, por ende, fue rechazada, confirmando la decisión de primera instancia basada en la plazo fatal de cinco días para interponer la queja.
En el caso, corresponde declarar extemporánea la queja planteada contra la resolución dictada por el Juez de primera instancia que rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora. Al respecto, tal como lo indicó la Sra. Fiscal de Cámara cuyos argumentos este Tribunal comparte, la providencia denegatoria de la que se queja la actora fue notificada "ministerio legis", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 y concordantes del Código Contencioso Administrativo y Tributario (CCAyT). En consecuencia, y si bien la interesada solicitó que se le notificara el resultado de su apelación, lo cierto es que tomó conocimiento de la resolución atacada con anterioridad, por nota. En este contexto cabe concluir que el remedio de queja intentado, fue presentado fuera del término de cinco días previsto en la norma mencionada.
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