INC 137950/2021-1 - VDLA CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE INCIDENTE DE APELACION - AMPARO - HABITACIONALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó la decisión de primera instancia que ordenó al GCBA la implementación de medidas cautelares para garantizar alojamiento a un grupo familiar en situación de vulnerabilidad social. La resolución sostuvo que la vulnerabilidad fue acreditada y que la Administración no cumplió con evaluar adecuadamente la situación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la resolución dictada en la instancia de grado que hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) a incorporar al grupo familiar actor en el Programa Habitacional Atención para Familias en Situación de Calle y que le brinde las prestaciones allí dispuestas de modo de otorgarle la suma necesaria que le permita abonar el costo del alquiler de un lugar donde residir. En efecto, la Jueza de grado para decidir como lo hizo, tuvo en consideración situaciones concretas que le permitieron concluir, en esta etapa del proceso, el estado de emergencia habitacional en el que se encuentra el grupo familiar actor, lo cual, no fue rebatido por el GCBA (hombre de 48 años de edad, portador del virus inmunodeficiencia adquirida -HIV positivo-, que recibe atención en los servicios médicos del hospital público, que se encuentra al cuidado exclusivo de su hijo menor de edad, que sus únicos ingresos provienen de la ayuda estatal a través de la Asignación Universal por Hijo (AUH) los cuales son insuficientes para cubrir sus necesidades básicas, la compleja situación habitacional en la que se encuentran -situación se complejiza debido a que no cuenta con ingresos propios que le permitan afrontar el costo del alquiler actual ni de un nuevo alojamiento, y la respuesta desfavorable por parte de la Administración frente a la solicitud efectuada por la actora para que se la incorpore al programa “Atención para Familias en Situación de Calle”). El GCBA, en su recurso, no acompañó argumentos contundentes que permitan refutar estos ejes centrales. Por el contrario, se limitó a manifestar que de las constancias de la causa no surge que el grupo familiar actor se encuentre en una verdadera situación de vulnerabilidad, exigida por la normativa vigente como requisito para la asistencia estatal, lo cual contrasta con las constancias acompañadas, sin lograr de modo alguno refutarlas.
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