A. D. B. Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - AMPARO - ASISTENCIA ALIMENTARIA Y OTROS SUBSIDIOS
La Cámara de Apelaciones confirma parcialmente la medida cautelar que ordenó al GCBA adecuar el monto de la asistencia alimentaria, enfatizando la protección de personas en situación de vulnerabilidad, y modifica la alcance respecto de la Sra. A. para ajustarlo al piso mínimo legal.
En el caso, corresponde confirmar parcialmente la resolución de grado, en cuanto hizo lugar a la medida cautelar respecto a la adulta mayor y al menor de edad -nieto de la actora
- y, en consecuencia, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) a que adecúe el monto que perciben a través del programa "Ciudadanía Porteña Con Todo Derecho" a fin de que sea suficiente para satisfacer sus requerimientos de alimentación de acuerdo con las dietas prescriptas acompañadas a la causa.
El GCBA se agravia por considerar que no habría existido verosimilitud del derecho dado que se encontraría asistiendo al grupo familiar actor en materia alimentaria a través del Programa Ciudadanía Porteña – Con Todo Derecho.
Al respecto y tal como lo expresó la Jueza de grado se trata de un grupo familiar con una estructura trigeneracional compuesta por una mujer adulta mayor (61 años), quien a su vez es una persona con discapacidad y no posee los recursos económicos suficientes para cubrir su alimentación; y quien además necesitaría de una dieta especial.
Estas concretas situaciones así como también la vulnerabilidad del grupo familiar no han sido rebatidas por el GCBA. Al respecto cabe decir que si bien la propia demandada da cuenta que viene asistiendo al grupo actor a través del programa alimentario, lo cierto es que la conducta desplegada hasta el momento no bastaría para tener por cumplidas las obligaciones a cargo del Estado local.
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