Ley nacionalEstacion experimental agroindustrial obispo colombres2025
Ley 27.070
Subsidio
ASIGNASE A LA ESTACION EXPERIMENTAL AGROINDUSTRIAL OBISPO COLOMBRES, DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, UN SUBSIDIO POR UNICA VEZ EQUIVALENTE A PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000) PARA DESTINARSE EXCLUSIVAMENTE A LAS LABORES DE INVESTIGACION TECNICA Y CIENTIFICA.
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SUBSIDIO
Ley 27.070
Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, Provincia de Tucumán. Asignación.
Sancionada: Diciembre 10 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 09 de 2015
ARTÍCULO 1° — Asígnase a la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, de la provincia de Tucumán, un subsidio por única vez equivalente a pesos cuarenta millones ($ 40.000.000) para destinarse exclusivamente a las labores de investigación técnica y científica.
ARTÍCULO 2° — El Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Jefe de Gabinete de Ministros, reasignará las partidas presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
JULIAN A. DOMINGUEZ. — JUAN H. ESTRADA. — Lucas Chedrese. — Juan C. Marino.
Ley 27.070
Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, Provincia de Tucumán. Asignación.
Sancionada: Diciembre 10 de 2014
Promulgada de Hecho: Enero 09 de 2015
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Asígnase a la Estación Experimental Agroindustrial Obispo Colombres, de la provincia de Tucumán, un subsidio por única vez equivalente a pesos cuarenta millones ($ 40.000.000) para destinarse exclusivamente a las labores de investigación técnica y científica.
ARTÍCULO 2° — El Poder Ejecutivo nacional, por intermedio del Jefe de Gabinete de Ministros, reasignará las partidas presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27.070 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — JUAN H. ESTRADA. — Lucas Chedrese. — Juan C. Marino.
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