Ley 26889 - CONVENIOS
APRUEBASE CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE TITULOS Y CERTIFICADOS DE ESTUDIOS DE EDUCACION PRIMARIA, EDUCACION GENERAL BASICA Y SECUNDARIA O SUS DENOMINACIONES EQUIVALENTES ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE EL SALVADOR.
Reconocimiento de titulos y certificados de estudiosLey
CONVENIOS
Ley 26.889
Apruébase Convenio de Reconocimiento de Títulos y Certificados de Estudios de Educación Primaria, Educación General Básica y Secundaria o sus Denominaciones Equivalentes entre la República Argentina y la República de El Salvador.
Sancionada: Septiembre 11 de 2013
Promulgada de Hecho: Octubre 2 de 2013
ARTICULO 1° — Apruébase el Convenio de Reconocimiento de Títulos y Certificados de Estudios de Educación Primaria, Educación General Básica y Secundaria o sus Denominaciones Equivalentes entre la República Argentina y la República de El Salvador, celebrado en la Ciudad de Buenos Aires —República Argentina—, el 6 de noviembre de 2012, que consta de siete (7) artículos y un (1) anexo, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
______
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Ley 26.889
Apruébase Convenio de Reconocimiento de Títulos y Certificados de Estudios de Educación Primaria, Educación General Básica y Secundaria o sus Denominaciones Equivalentes entre la República Argentina y la República de El Salvador.
Sancionada: Septiembre 11 de 2013
Promulgada de Hecho: Octubre 2 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el Convenio de Reconocimiento de Títulos y Certificados de Estudios de Educación Primaria, Educación General Básica y Secundaria o sus Denominaciones Equivalentes entre la República Argentina y la República de El Salvador, celebrado en la Ciudad de Buenos Aires —República Argentina—, el 6 de noviembre de 2012, que consta de siete (7) artículos y un (1) anexo, cuya copia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.889 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).