Ley 26890 - ACUERDOS
APRUEBASE EL ACUERDO PARA LA CONSTITUCION DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCION COMO ORGANIZACION INTERNACIONAL, ADOPTADO EN VIENA —REPUBLICA DE AUSTRIA— EL 2 DE SETIEMBRE DE 2010, QUE CONSTA DE VEINTIUN (21) ARTICULOS, CUYA FOTOCOPIA AUTENTICADA FORMA PARTE DE LA PRESENTE LEY.
Acuerdo para la constitucion de la academia internacional - aprobacionLey
ACUERDOS
Ley 26.890
Apruébase el Acuerdo para la Constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional.
Sancionada: Septiembre 11 de 2013
Promulgada de Hecho: Octubre 2 de 2013
ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO PARA LA CONSTITUCION DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCION COMO ORGANIZACION INTERNACIONAL, adoptado en Viena —REPUBLICA DE AUSTRIA— el 2 de setiembre de 2010, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Ley 26.890
Apruébase el Acuerdo para la Constitución de la Academia Internacional contra la Corrupción como Organización Internacional.
Sancionada: Septiembre 11 de 2013
Promulgada de Hecho: Octubre 2 de 2013
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Apruébase el ACUERDO PARA LA CONSTITUCION DE LA ACADEMIA INTERNACIONAL CONTRA LA CORRUPCION COMO ORGANIZACION INTERNACIONAL, adoptado en Viena —REPUBLICA DE AUSTRIA— el 2 de setiembre de 2010, que consta de VEINTIUN (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte de la presente ley.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.890 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
_____NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).