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Ley 26540 - ADHESIONES OFICIALES

DECLARASE EL DIA 7 DE NOVIEMBRE COMO EL DIA DE LOS TRABAJADORES VENDEDORES DE DIARIOS Y REVISTAS DE LA INDUSTRIA PERIODISTICA.

Dia de los trabajadores vendedores de diarios y revistasLey

ADHESIONES OFICIALES

Ley 26.540

Declárase el día 7 de noviembre como el día de los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística.

Sancionada: Noviembre 11 de 2009

Promulgada de Hecho: Diciembre 10 de 2009

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Establécese como descanso para los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística, el día 7 de noviembre de cada año, en que se conmemora el día del trabajador de la actividad.

ARTICULO 2º — En dicho día los trabajadores vendedores de diarios y revistas de la industria periodística no prestarán labores, asimilándose dicho día a los feriados nacionales a todos los efectos legales.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.540 —

JOSE J. B. PAMPURO. — EDUARDO A. FELLNER. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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