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Ley 26054 - MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO DEL CORREO CENTRAL DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN.

Correo central de san miguel de tucumanLey

MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES

Ley 26.054

Declárase monumento histórico nacional al edificio del Correo Central de San Miguel de Tucumán.

Sancionada: Agosto 17 de 2005

Promulgada de Hecho: Septiembre 14 de 2005

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc. sancionan

con fuerza de Ley:

DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO DEL CORREO CENTRAL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN

Artículo 1º — Declarar monumento histórico nacional al edificio del Correo Central de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, conforme a lo dispuesto por las Leyes 12.665 y 24.252.

Art. 2º — El edificio aludido está ubicado en la esquina de las calles Veinticinco de Mayo y Córdoba de San Miguel de Tucumán, cuyos datos catastrales son: provincia: Tucumán; partido-departamento: Capital; Localidad: San Miguel de Tucumán; catastro: circunscripción I; sección 2; padrón: 242.362; manzana: 44; lote: 9; superficie del lote: 1550 m2; superficie Cubierta: 4567 m2.

Art. 3º — El Poder Ejecutivo nacional, a través del organismo correspondiente, adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar la preservación del referido edificio.

Art. 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo." DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.054—

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.

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