Ley 26.034
Potencial humano nacional
PRORROGASE LA LEY NRO. 25.819 POR EL TERMINO DE UN AÑO PARA LOS MENORES DE EDAD QUE NO HAN SIDO INSCRIPTOS AL VENCIMIENTO DEL PLAZO ESTIPULADO EN DICHA NORMA.
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IDENTIFICACION, REGISTRO Y CLASIFICACION DEL POTENCIAL HUMANO NACIONAL
Ley 26.034
Prorrógase la Ley Nº 25.819 por el término de un año para los menores de edad que no han sido inscriptos al vencimiento del plazo estipulado en dicha norma.
Sancionada: Mayo 18 de 2005
Promulgada: Junio 13 de 2005
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Prorrógase la Ley N° 25.819 por el término de un año contado a partir del 3 de diciembre de 2004 y hasta el 3 de diciembre de 2005, para los menores de edad que no hayan sido inscriptos al vencimiento del plazo establecido en la norma citada.
ARTICULO 2° — Las inscripciones se realizarán manteniendo el procedimiento establecido en la Ley N° 25.819.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
—REGISTRADA BAJO EL N° 26.034—
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.
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