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Ley 25976 - FIESTAS NACIONALES

DECLARASE A LA LOCALIDAD DE ALCIRA GIGENA, PROVINCIA DE CORDOBA, SEDE PERMANENTE DE LA FIESTA NACIONAL DEL PRODUCTOR DE MAIZ Y LA COSECHA GRUESA.

Sede de la fiesta nacional de productor de maiz...Ley

FIESTAS NACIONALES

Ley 25.976

Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la "Fiesta Nacional del Productor de Maíz y la Cosecha Gruesa".

Sancionada: Diciembre 1 de 2004

Promulgada: Diciembre 28 de 2004

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Fiesta Nacional del Productor de Maíz

ARTICULO 1° — Declárase a la localidad de Alcira Gigena, provincia de Córdoba, sede permanente de la "Fiesta Nacional del Productor del Maíz y la Cosecha Gruesa", que se celebra anualmente en esa localidad, durante el mes de noviembre.

ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A UN DIA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.

— REGISTRADA BAJO EL N° 25.976 —

EDUARDO O. CAMAÑO — MARCELO A. GUINLE — Eduardo D. Rollano — Juan Estrada.

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