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Ley nacionalCasa ramos (ushuaia, tierra del fuego)2025

Ley 25.103

Monumentos y lugares historicos

DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO DENOMINADO CASA RAMOS, UBICADO EN LA CIUDAD DE USHUAIA, CAPITAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.-

Fecha
10/06/1999

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MONUMENTOS Y LUGARES HISTORICOS

Ley 25.103

Declárase monumento histórico nacional al edificio denominado Casa Ramos, ubicado en la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Sancionada: Mayo 12 de 1999.

Promulgada: Junio 3 de 1999.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Declárase monumento histórico nacional al edificio denominado Casa Ramos, ubicado en la Avenida Maipú Nº 367, Sección A. Macizo 74, parcela 4 de la ciudad de Ushuaia, capital de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

ARTICULO 2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos instrumentará lo dispuesto en el artículo 1º de la presente, de conformidad con la Ley Nº 12.665.

ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 25.103 —

ALBERTO R. PIERRI. - CARLOS F. RUCKAUF - Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. - Juan C. Oyarzún.

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