Ley 23.121
Impuestos
PRORROGASE HASTA EL 31/12/86 LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 22.947 DE IMPUESTO SOBRE LOS DEBITOS BANCARIOS.
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IMPUESTOS
Prorrógase la vigencia de la disposición de facto N° 22.947 con las modificaciones introducidas por su similar N° 22.983.
LEY N° 23.121
Sancionada: Setiembre 30 de 1984.
Promulgada: Octubre 19 de 1984.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA, REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1° – Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1985, inclusive, la vigencia de la disposición de facto N° 22.947, con las modificaciones introducidas a la misma por la disposición de facto N° 22.983.
ARTICULO 2° – Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cuatro.
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J.C. PUGLIESE |
V.H. MARTINEZ |
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Hugo Beinicoff |
Antonio J. Macris |
- Registrada bajo el N° 23.121–
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