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Ley 22741 - TRANSFERENCIAS

FACULTASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A TRANSFERIR CON CARACTER DEFINITIVO Y SIN CARGO AL ESTADO NACIONAL (COMANDO EN JEFE DE LA ARMADA) UNA FRACCIÓN DE TERRENO MUNICIPAL EN EL SECTOR DÁRSENA E (AL ESTE DE LA ISLA DEMARCHI).

Municipalidad de la ciudad de buenos aires - facultaseLey
TRANSFERENCIAS

Ley Nº 22.741

Facúltase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a transferir con carácter definitivo y sin cargo al Estado Nacional (Comando en Jefe de la Armada) una fracción de terreno municipal en el sector Dársena E (al Este de la Isla Demarchi).

Buenos Aires, 8 de febrero de 1983.

EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

ARTICULO 1º - Facúltase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a transferir con carácter definitivo y sin cargo al Estado Nacional (Comando en Jefe de la Armada) una (1) fracción de terreno de veintidós mil trescientos ochenta y siete metros cuadrados con cuarenta y un decímetros cuadrados (22.387,41 m2) de superficie, ubicada en la prolongación de la Avenida Costanera Sud, en el sector denominado Dársena al Este, en la Isla Demarchi, identificada como Fracción F, Manzana 19, Sección 96, Circunscripción 21, conforme al plano de mensura que, como Anexo, forma parte de la presente ley.

ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

BIGNONE

Llamil Reston

Jorge Wehbe

Nota: Esta Ley se publica sin Anexo.

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