Ley 22746 - MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
AUTORIZASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, A EMPLAZAR UN BUSTO DEL DOCTOR BERNARDO ALBERTO HOUSSAY, EN LA PLAZA HOMÓNIMA.
Municipalidad de la ciudad de buenos aires - autorizaseLey
MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
Ley Nº 22.746
Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a emplazar un busto del Doctor Bernardo Alberto Houssay, en la plaza homónima.
Buenos Aires, 18 de febrero de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
ARTICULO 1º - Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto del doctor Bernardo Alberto Houssay en la plaza homónima, situada entre la Avenida Córdoba y las calles Presidente José Evaristo Uriburu, Paraguay y Junín.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Ley Nº 22.746
Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, a emplazar un busto del Doctor Bernardo Alberto Houssay, en la plaza homónima.
Buenos Aires, 18 de febrero de 1983.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1º - Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto del doctor Bernardo Alberto Houssay en la plaza homónima, situada entre la Avenida Córdoba y las calles Presidente José Evaristo Uriburu, Paraguay y Junín.
ARTICULO 2º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
BIGNONE
Llamil Reston
Llamil Reston