Ley nacionalTextos ordenados · facultades del poder ejecutivo2025
Ley 20.004
Legislacion nacional
FACULTASE AL PODER EJECUTIVO PARA ORDENAR LAS LEYES SIN INTRODUCIR EN SU TEXTO NINGUNA MODIFICACION .
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LEGISLACION NACIONAL
LEY N° 20.004
Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes sin introducir en su texto ninguna modificación.
Bs. As., 5/12/72.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
Artículo 1º — Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes, sin introducir en su texto ninguna modificación, salvo las gramaticales indispensables para la nueva ordenación.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEY N° 20.004
Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes sin introducir en su texto ninguna modificación.
Bs. As., 5/12/72.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1º — Facúltase al Poder Ejecutivo para ordenar las leyes, sin introducir en su texto ninguna modificación, salvo las gramaticales indispensables para la nueva ordenación.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE.
Gervasio R. Colombres.
Gervasio R. Colombres.
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