Ley nacionalAumentase el monto minimo de las pensiones2025
Ley 19.494
Seguridad social
FIJASE EN LA SUMA DE DOSCIENTOS PESOS ($200) MENSUALES, EL MONTO MINIMO DE LAS PENSIONES OTORGADAS O A OTORGARSE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 9 DE LA LEY N° 13.478.
Texto completo
Mostrar u ocultar el texto
LEY Nº 19.494
Auméntase el monto mínimo de las pensiones.
Bs. As., 17/2/72.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
Artículo 1º. - Fíjase en la suma de doscientos pesos ($ 200.-) mensuales, el monto mínimo de las pensiones otorgadas o a otorgarse de conformidad con el artículo 9º de la ley 13.478 modificado por la ley 18.910.
Art. 2º. - La presente ley regirá a partir del día 1º del mes siguiente al de su promulgación.
Art. 3º. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Auméntase el monto mínimo de las pensiones.
Bs. As., 17/2/72.
EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1º. - Fíjase en la suma de doscientos pesos ($ 200.-) mensuales, el monto mínimo de las pensiones otorgadas o a otorgarse de conformidad con el artículo 9º de la ley 13.478 modificado por la ley 18.910.
Art. 2º. - La presente ley regirá a partir del día 1º del mes siguiente al de su promulgación.
Art. 3º. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LANUSSE
Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Más de 700.000 fallos de tribunales argentinos, con buscador por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.