JurisprudenciaARG
Ley nacionalBanco industrial de la republica argentina · banco hipotecario nacional · carta organica de bancos2025

Ley 18.877

Banco nacional de desarrollo

FACULTADES DEL BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, DEL BANCO INDUSTRIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y DEL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

Fecha
08/01/1971

Texto completo

Mostrar u ocultar el texto

Ley 18.877

FACULTADES DEL BANCO NACIONAL DE DESARROLLO, DEL BANCO INDUSTRIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y DEL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL.

BUENOS AIRES, 28 de diciembre de 1970



En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del
Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1.- (Nota de redacción) (Modificatorio D.L. 13.128/57 y D L. 13.130/57)

ARTICULO 2.- No serán de aplicación al BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, BANCO INDUSTRIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO NACIONAL Y CAJA NACIONAL DE AHORRO POSTAL, los decretos y resoluciones que con alcance, general hayan sido dictados o se dicten para los organismos de cualquier carácter de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL de los cuales resulten limitaciones a las facultades que sus respectivas cartas orgánicas otorguen a las autoridades de dichas entidades bancarias oficiales.

ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

LEVINGSTON - Ferrer

Base de datos pública de leyes y decretos argentinos. No se garantiza la exactitud de la información: consultá la fuente oficial por versiones actualizadas.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Más de 700.000 fallos de tribunales argentinos, con buscador por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.