INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS A , C M SOBRE 90 - LESIONES GRAVES
La Cámara de Apelaciones en lo Penal Juvenil confirmó la inadmisibilidad de los recursos de la Defensa Oficial y la Asesoría Tutelar al considerar que no se demostró el gravamen irreparable y que las cuestiones planteadas ya fueron resueltas en el proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde declarar inadmisibles los recursos interpuestos por la Defensa y por el Asesor Tutelar. Los recursos interpuestos por la Defensa y por el Asesor Tutelar han sido interpuestos en tiempo y forma y por parte legitimada. En este sentido, damos por reproducidos en este incidente los fundamentos brindados al resolver en la Causa 245259-2021-13 en nuestros respectivos votos (rta. 29/5/2023), en cuanto el Asesor Tutelar se encuentra legitimado para intervenir en este proceso penal juvenil seguido contra el joven imputado, aunque éste haya alcanzado la mayoría de edad. Con esa aclaración, entendemos que la Defensa no demuestra el gravamen irreparable que la decisión cuestionada le ocasiona, motivo por el cual su recurso debe ser declarado inadmisible lo que se hace extensivo al recurso del Asesor Tutelar en tanto aquel tampoco demuestra dicho gravamen (arts. 288 y 292 CPP, arts. 2 y 80 RPPJ). En efecto, el Asesor Tutelar plantea una supuesta arbitrariedad por falta de traslado para responder a la prueba ofrecida por la Fiscalía, cuando por un lado el Juez ya brindó fundamentos por esta cuestión, y por otro, se pretende también en este caso, a través de un planteo de nulidad, discutir prueba cuya admisibilidad ya fue tratada en la audiencia del artículo 223 del Código Procesal Penal de la Ciudad, lo que es una decisión irrecurrible conforme lo dispone ese mismo artículo, aplicable supletoriamente al Proceso Penal Juvenil (arts. 2 y 80 RPPJ).
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