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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS T N , O E SOBRE 89 - LESIONES LEVES

La Cámara de Casación confirmó la decisión del juez de grado que rechazó la nulidad del requerimiento de juicio y la excarcelación del imputado, considerando que los argumentos de la defensa no lograron demostrar nulidades sustanciales ni alteración en la situación procesal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde confirmar la resolución de grado en cuanto dispuso el rechazo del planteo de nulidad del requerimiento de elevación a juicio efectuado por la Defensa. La Defensa sostuvo que el requerimiento de elevación a Juicio era nulo, pues no se había consignado una fecha cierta en la cual la conducta atribuida (abuso sexual) habría ocurrido, incumpliéndose así con uno de los requisitos esenciales de dicha pieza procesal (circunstancias de tiempo) vulnerándose el derecho de defensa del imputado. En el presente se atribuyen al imputado varios hechos delictivos. Entre ellos el haber forzado a su pareja a mantener relaciones sexuales, vía vaginal y anal sin su consentimiento (entre septiembre de 2021 y diciembre de 2022) aprovechándose de los momentos en que ésta se hallaba dormida, conducta que fue subsumida en la figura de abuso sexual con acceso carnal (artículo 119, 3º párrafo del Código Penal). Ahora bien, es importante señalar que la ausencia de precisión en los hechos imputados no es causal de invalidez del requerimiento de juicio. En el caso bajo análisis, la imputación del hecho fue subsumido como abuso sexual con acceso carnal estableciéndose un período de tiempo en el que se habría cometido y que si bien fue extenso, también fue concreto y se caracterizó por la reiteración de sucesos por lo que no se observa una afectación al derecho de defensa del imputado, ni tampoco la recurrente logró demostrarla. Cabe señalar que ésta Sala ha dicho que “En punto a la falta de precisión temporal alegada por la defensa técnica, entendemos que si bien no se especificaron los días exactos en que habrían ocurrido los eventos denunciados, sí se determinó claramente un período de tiempo concreto. Es claro que, si la víctima no puede establecer un día preciso de ocurrencia de los sucesos, ello no puede impedir su imputación. ” (Causa Nro.13460/2015-0, caratulada "F., F. O. y otro s/Inf. Art. 52 C.C., rta. 3/2/2017).

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