INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS ZALAZAR VELAZCO, LEANDRO EZEQUIEL SOBRE 94BIS - LESIONES POR CONDUCCIÓN IMPRUDENTE
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires confirmó la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 3 en un incidente de incompetencia, justificando que la identidad del imputado y la conexidad de los hechos justifican un tratamiento conjunto en un solo tribunal.
- Quién demanda: No procede, es un incidente de incompetencia.
¿A quién se demanda?
No es una demanda, sino un incidente en el marco de un proceso penal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de incompetencia de los juzgados locales y la remisión del expediente al fuero nacional.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 3, remitiendo las actuaciones a dicho fuero.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces fundamentaron que, conforme a la doctrina del precedente “Bazán” y al art. 20 del CPPCABA, la identidad del imputado y la conexidad de los hechos permiten que un solo tribunal trate todos los hechos relacionados. La opinión mayoritaria y coincidente fue que, en virtud del carácter conexo y la identidad del imputado, la investigación y juzgamiento en conjunto garantizan una administración de justicia más eficiente. La jueza Ruiz destacó que, aunque existe una discrepancia con la Corte Suprema en otros casos, la mayoría del tribunal consideró que la competencia corresponde al fuero nacional, dado que los hechos están vinculados en una misma plataforma fáctica y por razones objetivas y subjetivas.
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