PASCUAL, GONZALO Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ECOPARQUE Y OTROS SOBRE 1 - LEY DE PROTECCION AL ANIMAL. MALOS TRATOS O ACTOS DE CRUELDAD
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de la Ciudad de Buenos Aires revocó la decisión de denegar la inconstitucionalidad del proceso y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento, considerando que la resolución impugnada vulneraba garantías constitucionales y omitía analizar agravios relevantes.
Actor: Los defensores particulares de Gonzalo Pascual, Guillermo Wiemeyer, Ivana Iaquinta y Miguel Pérez. Demandado: Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Objeto de la demanda: Impugnar la resolución que denegó la inconstitucionalidad del proceso penal por supuestos vicios en la actuación judicial, específicamente en relación con la interpretación del art. 111, inc. 3, CPP y la afectación de garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Sala III del Tribunal Superior de Justicia declaró la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad por considerar que no se había planteado una cuestión constitucional y que la resolución de la Cámara resultaba arbitraria por no haber tratado agravios relevantes. Sin embargo, en resolución conjunto, los jueces Otamendi y De Langhe hicieron lugar a la queja y al recurso de inconstitucionalidad, revocaron la decisión de la Cámara y ordenaron que se dicte un nuevo pronunciamiento, por entender que la resolución impugnada omitió analizar agravios que afectaban garantías constitucionales fundamentales.
Fundamentos principales de la decisión:
- La defensa alegó que la resolución que rechazó las nulidades y el planteo de inconstitucionalidad vulneraba garantías constitucionales de defensa, ne bis in idem y plazo razonable, además de principios de legalidad, preclusión y progresividad.
- Los jueces Otamendi y De Langhe sostuvieron que la resolución de la Cámara era arbitraria dado que omitió abordar agravios que, si no eran tratados, causaban un daño irreparable, configurando una desviación del procedimiento y vulneración del derecho a la defensa.
- Se destacó que la decisión impugnada no analizó adecuadamente los agravios relacionados con el vencimiento del plazo de la investigación penal y la descripción de la imputación, afectando garantías constitucionales esenciales.
- La jurisprudencia citada por la defensa en torno al ne bis in idem y la afectación del plazo razonable fue considerada relevante, pues la omisión de su análisis por parte de la tribunal de apelación implicó arbitrariedad.
- La resolución conjunta de los jueces Otamendi y De Langhe revoca la decisión de la Cámara y ordena que se dicte un nuevo pronunciamiento que contemple los agravios omitidos, garantizando así el derecho constitucional a la defensa y a un proceso con debida fundamentación.
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