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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS VACM SOBRE 243 - DESOBEDIENCIA A CARGAS PROCESALES

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que corresponde declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 23 en un incidente de incompetencia por hechos de desobediencia relacionados con denuncias por violencia de género y abuso sexual, priorizando la conexidad y la investigación en curso.

Violencia de genero Abuso sexual Medidas de proteccion Violencia domestica Conflicto negativo de competencia Prohibicion de contacto Delito de desobediencia Restriccion de acercamiento Juez que previno Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Juzgamiento conjunto

Actor: El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 29 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 23 expresaron su posición inicial respecto a la competencia. Demandado: El imputado por hechos de desobediencia y abusos sexuales, en el contexto de violencia de género y protección de menores. Objeto: La resolución de la cuestión de competencia entre los tribunales por hechos relacionados con incumplimiento de medidas restrictivas y delitos conexos.
- Qué se resolvió (Decisión): La Cámara decidió que corresponde declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 23, considerando que los hechos están vinculados a una causa preexistente por abuso sexual y que la investigación en curso requiere un tratamiento unificado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que, conforme al precedente “B., P. U.” (Expte. nº 16365/19, resolución 21/10/19), la competencia debe ser atribuida al juzgado nacional por la conexidad de los hechos y la unidad del contexto. El juez Lozano argumentó que los hechos de desobediencia encuadran prima facie en el delito de desobediencia (art. 239 CP) de competencia local, pero que ello no implica que el tribunal local tenga jurisdicción en la causa por la naturaleza de los delitos y la investigación en curso, que justifican la competencia del juzgado nacional. El Fiscal General Adjunto respaldó la decisión basada en la necesidad de un tratamiento unificado de casos relacionados con violencia de género y delitos sexuales, resaltando que la decisión se fundamenta en la jurisprudencia y en la continuidad de la investigación.
- La resolución se fundamenta en que la conexidad de los hechos y la existencia de una causa preexistente por abuso sexual justifican la competencia del juzgado nacional, en línea con lo establecido en la jurisprudencia y precedentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

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