ARAYA, MARIA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La demandada apeló sentencia que ordenó el recálculo y pago de diferencias del haber jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia y declaró inconstitucional el DNU que establecía el criterio de imposición de costas.
¿Quién es el actor?
María Cristina Araya
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes por movilidad del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSES el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas. Además, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 que establecía la imposición de costas a los jubilados vencidos, aplicando en su lugar el artículo 36 de la Ley 27.423 que dispone la imposición de costas en el orden causado.
Los principales fundamentos fueron:
- Respecto a la Prestación Básica Universal, se remitió a la decisión en autos "Romiti" donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad.
- En cuanto a la inconstitucionalidad del artículo 24 inc. a) de la Ley 24.241, la sentencia impugnada no la declaró, por lo que no existe agravio.
- Sobre las costas, aplicó lo resuelto por la CSJN en "Morales" declarando la inconstitucionalidad del DNU 157/2018 e imponiendo las costas en el orden causado conforme el art. 36 de la Ley 27.423.
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