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FARINACCIO, ALEJANDRO JUAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad a partir de 2022, ordenando su actualización con un índice combinado de IPC y RIPTE.

Inconstitucionalidad Ipc Seguridad social Ripte Movilidad previsional Reajuste de haberes.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- El actor demandó a ANSES por reajustes en su haber previsional.
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la inconstitucionalidad de algunas normas.
- Ambas partes apelaron la sentencia.
- La Cámara analizó los cambios legislativos en la fórmula de movilidad previsional, concluyendo que la ley 27.609 produjo una pérdida del poder adquisitivo del haber que viola la garantía constitucional de movilidad.
- Por ello, declaró la inconstitucionalidad de dicha ley a partir de 2022 y ordenó la actualización trimestral del haber con un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE.
- Respecto a otros puntos, confirmó lo resuelto en primera instancia.

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