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BENITEZ, ANABELA LUJAN c/ MODENA EMPRENDIMIENTOS SRL Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda laboral contra su empleadora por diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el capital nominal de condena y disponiendo la actualización de los créditos en base al índice de precios al consumidor (IPC) con una tasa de interés del 3% anual.

Intereses Actualizacion monetaria Diferencias salariales Inconstitucionalidad sobreviniente Indemnizacion art. 80 lct

Diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo el capital nominal de condena, ordenó la actualización de los créditos por IPC con interés del 3% anual, y modificó lo resuelto en materia de costas y honorarios. La Cámara hizo hincapié en que el apelante no logró descalificar de manera concreta y razonada los fundamentos de la sentencia de primera instancia sobre la cuantificación de la remuneración de la actora. Sin embargo, en relación a la indemnización prevista en el art. 80 LCT, la Cámara entendió que las constancias aportadas por la empleadora cumplían con los requisitos legales, por lo que revocó ese aspecto. Respecto a los intereses, la Cámara declaró la inconstitucionalidad sobreviniente de la prohibición de indexación prevista en la Ley de Convertibilidad, y dispuso la actualización por IPC más una tasa de interés del 3% anual, para evitar resultados desproporcionados.

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