IBARRA, CARLOS OSCAR c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica del 18,4% al 7,05% de la T.O. Confirmó el monto del ingreso base mensual y declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley 27.348 que establecen la aplicación de la tasa activa para el cálculo de intereses, ordenando la aplicación del CER. La Cámara consideró que no existía relación causal entre el accidente y el daño psicológico, ya que de acuerdo a la teoría de la causa adecuada, un accidente como el descripto no es idóneo para producir un resultado como el daño psicológico. Por lo tanto, excluyó el porcentaje de incapacidad psicológica, fijando la incapacidad total en el 7,05%. Respecto a los intereses, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de los artículos de la Ley 27.348 que establecían la aplicación de la tasa activa, por considerarla confiscatoria del crédito del trabajador. En su lugar, ordenó la aplicación del CER desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago.
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