CYRAS, ALEJANDRA (EN REPRESENTACION DE G N) c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió acción de amparo contra ANSES solicitando el restablecimiento de un beneficio de pensión. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia y ordenó el restablecimiento del beneficio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Cyras Alejandra Mariel, en representación de su hija Nina Grassi, promovió acción de amparo contra ANSES solicitando el restablecimiento del Beneficio de Pensión N°14594458000 derivado del fallecimiento del padre de la Srta. Grassi. El juez de primera instancia rechazó la acción de amparo e impuso las costas a la amparista. La Cámara Federal revocó la sentencia de primera instancia en cuanto al rechazo de la acción de amparo y ordenó el restablecimiento del beneficio de pensión hasta los 21 años de edad o hasta los 25 años si la beneficiaria cursara estudios o preparación profesional, debiendo acreditar periódicamente dicha circunstancia. Asimismo, revocó la imposición de costas a la amparista y las impuso a la demandada. La Cámara Federal consideró que el caso era sustancialmente análogo a los precedentes "PÉREZ, CINTIA ELIZABETH Y OTRO c/ ANSES" y "GODOY, FELICITAS c/ ANSES", en los cuales se había revocado el rechazo de la acción de amparo y ordenado el restablecimiento del beneficio.
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