KIBALCO, FLORENTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la redeterminación de su haber jubilatorio. La Cámara Federal ordenó actualizar los haberes con una fórmula combinada de IPC e índice RIPTE.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso. Se declara la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordena actualizar los haberes con una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE, descontando bonos percibidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara analizó la garantía constitucional de movilidad jubilatoria y la jurisprudencia de la CSJN, concluyendo que la fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación inaceptable de los haberes.
- Se consideró que el método debe guardar una relación razonable con los cambios en el costo de vida y el nivel salarial, por lo que se dispuso la aplicación de la fórmula combinada de IPC y RIPTE.
- Se ordenó descontar los bonos no remunerativos otorgados por decretos, por afectar los principios de sustitutividad y proporcionalidad.
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