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CEJAS, SERGIO ARIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad aplicada a partir del año 2022, ordenando su actualización con un índice combinado.

Inconstitucionalidad Ipc Actualizacion Ripte Movilidad previsional Haber inicial


¿Quién es el actor?

Sergio Ariel Cejas

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y ordenando la actualización del haber con un índice combinado de 50% IPC y 50% RIPTE, hasta marzo 2024. Asimismo, ordenó a ANSES integrar la diferencia de movilidad de diciembre 2020 según la ley 27.426.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara analizó la evolución de la normativa sobre movilidad previsional y concluyó que la fórmula de la ley 27.609 generó una importante pérdida del poder adquisitivo de los haberes a partir de 2022, por lo que resulta inconstitucional al no respetar los principios de sustitutividad y progresividad. Por ello, dispuso un mecanismo de actualización que combina indicadores de precios e ingresos.

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