ÑUCRA GONZALEZ, EDWIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y ordenó aplicar el índice RIPTE para actualizar los intereses, considerando que esta solución es más favorable al trabajador.
Incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia. Se ordena calcular los intereses sobre el capital nominal desde la fecha del accidente (5/9/2019) hasta la fecha de pago, aplicando la tasa de variación del índice RIPTE. Sólo en caso de mora, se aplicará la tasa activa del Banco Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La aplicación del índice RIPTE, establecido por el Decreto 669/2019, es más favorable al trabajador que la tasa prevista en la Ley 27.348, ya que compensa mejor la pérdida del valor adquisitivo del dinero.
- El resarcimiento al trabajador debe ser pleno, incluyendo capital e intereses/actualizaciones que mantengan el valor de la indemnización frente a la inflación.
- La jurisprudencia del CSJN establece que el trabajador es sujeto de preferente tutela constitucional y los créditos laborales tienen carácter alimentario.
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