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AIUB, CLAUDIO ALBERTO c/ COMISION MEDICA CENTRAL s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor reclamó jubilación por invalidez, y la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la denegación y le otorgó el beneficio.

Incapacidad laboral Cuerpo medico forense Jubilacion por invalidez Dictamen medico Ley 24.241

Jubilación por invalidez (art. 49 p.4. Ley 24.241)

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y declaró que el actor se encuentra incapacitado en los términos del art. 48 de la Ley 24.241, otorgándole la jubilación por invalidez solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El informe médico del Cuerpo Médico Forense determinó que el actor presenta una incapacidad laboral del 69,97% de la Total Obrera, cumpliendo con los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez.
- Los dictámenes médicos cumplen con los recaudos de una correcta peritación, enuncian claramente los hechos, determinan con certeza el estado de salud del actor y fundamentan la opinión técnica con seriedad y objetividad científica.
- Los integrantes del Cuerpo Médico Forense son auxiliares de la justicia y su informe constituye un asesoramiento técnico de personas especializadas, cuya imparcialidad y corrección están aseguradas.

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