DNM c/ LUTWAK, DANIEL ENRIQUE - EX 85406217/22 s/EJECUCION FISCAL
La Dirección Nacional de Migraciones inició una ejecución fiscal por una multa. Los tribunales federales se declararon incompetentes, por lo que la Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
- Actor: Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
- Demandado: LUTWAK, DANIEL ENRIQUE
- Objeto: Ejecución fiscal por $4.500.000 correspondiente a una multa por infracción a la Ley de Migraciones.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal resolvió dirimir el conflicto negativo de competencia y atribuir el conocimiento de la causa al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 6.
- Fundamentos:
- El Juez de primera instancia se declaró incompetente, adhiriendo al dictamen del Fiscal Federal que consideró que los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias son competentes para entender en ejecuciones de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones, mejoras o multas.
- El Juez Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 6 también se había declarado incompetente, por lo que se suscitó un conflicto negativo de competencia.
- La Cámara Contencioso Administrativa Federal, siguiendo el dictamen del Fiscal General, resolvió atribuir la competencia al Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias N° 6, al considerar que dichos juzgados son competentes para conocer en la ejecución de créditos adeudados a la Administración Pública Nacional por falta de pago de impuestos, patentes, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
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