EN - DNM c/ CHEN, LIANGFEI - EX 91981880/19 s/EJECUCION FISCAL
La Dirección Nacional de Migraciones promovió ejecución fiscal por cobro de multa impuesta a un ciudadano extranjero. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó que la competencia corresponde a los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias.
- Actor: Dirección Nacional de Migraciones (DNM)
- Demandado: CHEN, LIANGFEI
- Objeto: Cobro de multa de $1.947.000 impuesta al demandado por la DNM
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó el recurso de apelación interpuesto por la DNM y confirmó la decisión de primera instancia que declaró la incompetencia del tribunal y ordenó remitir la causa a la justicia federal de ejecuciones fiscales tributarias.
Los principales fundamentos fueron:
- La ley 25.293 establece que los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias son competentes para entender en la ejecución de créditos adeudados a la administración pública nacional por falta de pago de impuestos, tasas, retribuciones de servicios, mejoras o multas.
- Esta interpretación se apoya en lo dictaminado por el Fiscal General en otro caso análogo, y en la jurisprudencia de las distintas Salas de esta Cámara.
- La circunstancia de que el crédito provenga de una multa impuesta por infracción a la Ley de Migraciones (Ley 25.871) no altera la competencia de los juzgados federales de ejecuciones fiscales tributarias, pues se trata en esencia de un proceso de ejecución fiscal de un crédito adeudado al Estado.
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