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ELIDA ANALIA CACEREZ Y LETICIA SOLEDAD CACEREZ (HEREDERAS DE MARIA IRENE RUIZ) c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO LARREA 785 s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO

Las herederas de una trabajadora fallecida reclaman indemnización por muerte. La Cámara modifica la sentencia y reduce el monto de vacaciones no gozadas.

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Indemnización por fallecimiento de la trabajadora

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la sentencia y reduce el monto de vacaciones no gozadas a $13.964, confirmando lo decidido en primera instancia respecto a la actualización del crédito y las costas. El juez señala que las herederas no pueden reclamar la prestación convencional por fallecimiento del trabajador ya que este se encontraba jubilado al momento de su deceso. Respecto a la actualización del crédito, aplica el IPC más un 3% anual, argumentando que el nominalismo resulta injusto ante la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Confirma la imposición de costas por su orden en virtud de la equidad.

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