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TOLEDO, DORA AMANDA c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la decisión de la Comisión Médica Central y declaró que la actora se encuentra incapacitada para acceder al beneficio de pensión por fallecimiento.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Toledo promovió un reclamo contra la ANSES por el otorgamiento del beneficio de pensión por fallecimiento de su cónyuge, el cual había sido denegado por la Comisión Médica Central. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen de la Comisión Médica Central, declarando que la actora se encuentra incapacitada en los términos del art. 53 de la Ley 24.241 al momento del fallecimiento del causante. Para ello, se basó en el informe realizado por el Cuerpo Médico Forense, el cual determinó que la Sra. Toledo presenta un Trastorno Afectivo Mayor que le ocasiona una incapacidad total y permanente del 70% de la Total Obrera. La Cámara consideró que dicho informe cumple con los requisitos de una correcta pericia médica, siendo fundado, serio y objetivo.

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