PAOLONI, LUCAS c/ MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió demanda de amparo para que se le ordene aprobar la solicitud de inscripción al Registro del Programa de Cannabis. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que declaró la inadmisibilidad de la acción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Lucas Paoloni, promovió acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la Nación para que se le ordene aprobar la solicitud de inscripción al Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) presentada por él. El juez de primera instancia declaró la inadmisibilidad formal de la acción de amparo, al considerar que no se configuraba una situación de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta que habilitara esta vía excepcional, pues la cuestión requería un mayor análisis y debate probatorio. El actor apeló la sentencia, alegando que el consentimiento informado bilateral se encontraba debidamente suscripto y que la demandada no objetó su validez. Sostuvo que el juez de primera instancia valoró anticipadamente la cuestión sin abrir a prueba. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la sentencia apelada. Consideró que el actor no logró rebatir el carácter excepcional de la acción de amparo, que excluye aquellas situaciones que requieren un mayor debate y prueba. Destacó que la documentación aportada en la apelación no fue introducida en la instancia de grado, por lo que su análisis implicaría someter a conocimiento de la Alzada un capítulo no propuesto ante el tribunal anterior. Además, señaló que las eventuales modificaciones a la normativa aplicable deben regirse por las normas procedimentales vigentes al momento de la resolución. En definitiva, concluyó que las cuestiones planteadas exceden el ámbito de la acción de amparo y requieren un mayor análisis, debate y prueba.
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