CORREA, MIRNA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste del haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N°27.426.
¿Quién es el actor?
Mirna Lucía Correa
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recálculo del haber jubilatorio de la actora
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N°27.426 por la fecha de adquisición del beneficio de la actora. Confirmó el resto de la sentencia, incluyendo la aplicación del índice ISBIC para el cálculo del haber inicial y la imposición de costas a la demandada vencida.
Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucionales las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social que establecían el índice RIPTE para la actualización de haberes, por considerar que es atribución exclusiva del Congreso Nacional fijar el índice de actualización.
- La declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N°27.426 solo tiene sentido para beneficios jubilatorios adquiridos con anterioridad a marzo de 2018, a fin de no afectar derechos ya adquiridos. En el caso de la actora, que obtuvo el beneficio el 28/10/2019, no se ven afectados derechos adquiridos.
- Respecto a la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, si bien ANSES es un mero agente de retención, el juez debe proteger la cuantía de los haberes jubilatorios y revisar normas que puedan disminuir el monto del haber.
- Las costas se imponen a la demandada vencida, de acuerdo al art. 36 de la Ley N°27.423 y los arts. 68 y 71 del CPCCN.
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