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SIERRA SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda por reajustes de su beneficio de pensión. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó al organismo demandado el pago de diferencias por movilidad previsional.

Intereses Prescripcion Inconstitucionalidad Reajuste Pension Movilidad previsional

Reajustes de su beneficio de pensión

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó al organismo demandado que abone al beneficiario las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609. Confirmó lo demás decidido en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Respecto a la actualización de las remuneraciones para el cálculo del beneficio, remitió a los precedentes "Elliff Alberto c/ ANSeS" y "Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS" de la CSJN, que establecieron la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción, sin límite temporal.
- Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.
- Difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución.
- Confirmó la prescripción bienal dispuesta en primera instancia.
- Ordenó calcular los intereses desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme a la tasa pasiva promedio mensual del BCRA.

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