BENITEZ, ANALIA SOLEDAD c/ S.P.F. s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La actora demandó al Servicio Penitenciario Federal por modificación de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, determinando que los intereses de los retroactivos impagos deben calcularse conforme a la tasa pasiva del Banco Central.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Analia Soledad Benitez, demandó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) en un proceso contencioso administrativo.
- En primera instancia, se hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando al SPF que liquide los haberes mensuales aplicando los porcentajes previos al dictado del Decreto N° 586/19 y Resolución N° 607/19 por el rubro "Antigüedad Años de Servicio".
- Tanto la actora como el SPF apelaron la sentencia.
- La Cámara Federal de Apelaciones modificó la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable a los retroactivos, determinando que deben calcularse conforme a la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina, y no la del Banco de la Nación Argentina como había establecido el juez de primera instancia.
- La Cámara consideró que la modificación del porcentaje del Suplemento por Antigüedad y Servicios (SAS) en los haberes de los agentes del SPF altera la equiparación que debe existir entre el SPF y la Policía Federal Argentina, por lo que quedó demostrado el perjuicio económico y la merma en el haber mensual de la actora.
- Respecto a las costas, la Cámara confirmó que deben imponerse a la parte demandada vencida, por el principio objetivo de la derrota.
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