GUTIERREZ, SILVIA PATRICIA EN REPRESENTACION DE SU HIJO c/ SWISS MEDICAL s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra Swiss Medical para que autorice la prestación de acompañante terapéutico a su hijo. La Cámara Federal confirmó la decisión de primera instancia que hizo lugar al amparo.
Que Swiss Medical autorice la prestación de acompañante terapéutico para su hijo S.G.C. de 7 años, afiliado a la obra social, que padece autismo y trastornos de conducta.
- Decisión: La Cámara Federal de Salta confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo y ordenó a Swiss Medical autorizar la prestación de acompañante terapéutico por 15 horas semanales de febrero a diciembre de 2024, conforme la indicación del médico tratante.
- Fundamentos principales:
- El acompañante terapéutico, aunque no esté expresamente regulado en la normativa de discapacidad, es una prestación esencial para la rehabilitación de la discapacidad de S.G.C. y debe ser cubierta por la obra social.
- La obra social no puede desconocer la prescripción del médico tratante que atiende al menor teniendo en cuenta las circunstancias especiales de su discapacidad.
- La falta de autorización oportuna de la prestación resulta arbitraria y desconoce el interés superior del niño y su derecho a la salud.
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