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BELLOMO, LUCIANA MARIA c/ SANCOR GRUPO MEDICINA PRIVADA s/AMPARO LEY 16.986

La actora demandó a la obra social por negar la cobertura de un tratamiento de fertilización in vitro. La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó el reintegro de los gastos del primer intento realizado, pero rechazó extender la cobertura a futuros tratamientos.

Reintegro de gastos Cobertura de obra social Fertilizacion in vitro Prestador fuera de cartilla Futuros tratamientos.

La actora, Luciana María Bellomo, es afiliada a la obra social demandada Sancor Salud y realizó un tratamiento de fertilización in vitro (FIV) con desvitrificación y transferencia de embriones, con resultado negativo. Solicitó a la obra social la cobertura del reintegro de los gastos del primer intento y de futuros tratamientos hasta lograr el embarazo. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la acción de amparo y ordenó a Sancor Salud reintegrar a la afiliada los gastos del primer intento de FIV realizado con el Dr. Maita, que no formaba parte de la cartilla de prestadores. Sin embargo, no se pronunció sobre la pretensión de cobertura de futuros tratamientos. En apelación, la Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto al reintegro del primer intento. Respecto a la cobertura de futuros tratamientos, consideró que era prematuro expedirse, ya que la obra social había autorizado a la afiliada realizar un segundo intento con un prestador de su cartilla, del cual no se informó el resultado. Recordó que no corresponde condenar a las obras sociales al cumplimiento de prestaciones futuras. Finalmente, impuso las costas por su orden en ambas instancias.

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