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P. A, M. E. c/ OSDE s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

La actora reclamó la cobertura integral de su tratamiento por trastorno de personalidad. La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia y ordenó a la obra social cubrir el 100% de la prestación.

Salud mental Cobertura medica Amparo Trastorno de personalidad Relacion medico-paciente


- Actor: M.E.P.A.
- Demandado: OSDE
- Objeto: Reclamo de cobertura integral de tratamiento por trastorno de personalidad
- Decisión: La Cámara Federal revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a OSDE brindar la cobertura del 100% de la prestación en la clínica donde se atiende la actora. El tribunal consideró que correspondía la cobertura integral al estar amparada por la Ley de Salud Mental, que amplía las prestaciones básicas de salud. Fundamentos principales:
- "Respecto a ello, tendré por debidamente acreditada la circunstancia de la gravedad del padecimiento que le afecta, como así también las consecuencias que le ha acarreado (tal como surge del informe médico suscripto por el Dr. Juan Martín Modaffari en fecha 29/10/24)."
- "En virtud de ello, de los derechos tutelados en autos y el plexo normativo descripto en el escrito de inicio de amparo (cfr. escrito digital "Demanda y documental" a fs. 2/15), sumado a que el diagnóstico de la accionante –trastorno Border line de la personalidad
- la incluye dentro de la ley de protección de Salud Mental, que le proporciona una serie de derechos prescriptos en el art. 7 de la ley 26.657, ampliándole las prestaciones básicas de salud, es posible sostener (como pretende la apelante) que corresponde al Agente de Salud brindar la cobertura de la prestación indicada por su médico tratante de forma integral, al 100%."

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