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C; A. E. c/ OSPECON s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

El actor promovió demanda de amparo contra una obra social por la cobertura integral de un tratamiento de salud mental. La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral del tratamiento.

Obra social Salud mental Amparo Cobertura integral Ley de salud mental


- Actor: A. E. C.
- Demandado: OSPECON
- Objeto de la demanda: Cobertura integral de tratamiento de salud mental en la Clínica COM TAN S.A.
- Decisión: La Cámara Federal de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó a la obra social brindar la cobertura integral del tratamiento en la Clínica COM TAN S.A., sin la limitación impuesta por el juez de primera instancia. Fundamentos principales:
- El diagnóstico de intento de suicidio de la actora la incluye en la Ley de Salud Mental, que le otorga derechos a una cobertura integral.
- La obra social no pudo brindar cobertura en el prestador indicado por el médico tratante, por lo que corresponde mantener la relación médico-paciente ya establecida.
- No hay razones válidas para apartarse de la regla general de imposición de costas al recurrente vencido.

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