EN-SECRETARIA DE ENERGIA c/ VANIN, MARINA LAURA s/INHIBITORIA
El ENRE interpuso recurso de apelación contra la decisión que rechazó su planteo de inhibitoria. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la decisión de primera instancia.
Cobro de gratificaciones salariales y sueldo anual complementario adeudados entre 2021 y 2024.
- Decisión: La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó el rechazo a la inhibitoria planteada por el ENRE, determinando que la causa corresponde a la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo, ya que se trata de un reclamo laboral regido por la Ley de Contrato de Trabajo y no por normas de derecho público.
- Fundamentos:
- La cuestión de fondo deberá analizarse conforme al régimen de contrato de trabajo, sin que entren en juego normas o principios de derecho administrativo.
- Conforme al art. 20 de la Ley 18.345, son competencia de la Justicia Nacional del Trabajo las causas contenciosas en conflictos individuales de derecho, incluso contra el Estado Nacional o sus entes autárquicos, cuando se fundan en contratos de trabajo.
- El art. 64 de la Ley 24.065 establece que las relaciones del personal del ENRE se rigen por la Ley de Contrato de Trabajo, y no por el régimen jurídico de la función pública.
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