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LEVAGGI, KARINA ISABEL c/ MAD PIZZA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora demandó por despido y diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio y dejando sin efecto la condena solidaria de un codemandado.

Costas Honorarios Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Despido Ley 25.323

Despido y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?


- Se modifica la sentencia de primera instancia reduciendo el monto de condena a $ 1.458.982,62
- Se deja sin efecto la condena solidaria del codemandado Otto Guillermo Sartori
- Se dejan sin efecto las costas y honorarios regulados en primera instancia
- Se imponen las costas del juicio a la empresa condenada, con excepción de los litisconsortes cuyas costas se imponen en el orden causado
- Se regulan nuevos honorarios en porcentajes entre 4% y 18%

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La sanción del art. 2 de la Ley 25.323 (aumento indemnizatorio por despido) es válida y no resulta derogada retroactivamente por una nueva ley, pues se trata de una penalidad civil y no penal
- No se acreditó el pago clandestino de salarios ni la demora fraudulenta en inscribir a la trabajadora, por lo que no corresponde la condena solidaria del codemandado
- La actualización de la condena mediante el índice RIPTE con 6% anual de interés es adecuada y más favorable que la aplicación del IPC

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