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KRUSE GUSTAVO FEDERICO c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS

El actor solicitó el reconocimiento de servicios diferenciales para acceder a la jubilación anticipada. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y reconoció como servicios diferenciales los prestados en períodos específicos.

Regimen especial Industria petrolera Servicios diferenciales Jubilacion anticipada Cementacion de pozos


¿Quién es el actor?

Gustavo Federico Kruse

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de reconocimiento de servicios diferenciales para acceder a la jubilación anticipada

¿Qué se resolvió?

Se reconocen como servicios diferenciales los prestados entre el 12/06/1995 y 31/07/2001 para BJ Services S.A. (actual Baker Hughes Argentina SRL) y entre el 01/08/2001 y 01/01/2010 para Halliburton Argentina SRL. Los servicios posteriores al 01/01/2010 se consideran "comunes".

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El trabajo del actor como Ingeniero con especialidad en cementación y estimulación de pozos petrolíferos y gasíferos en boca de pozo se encuadra en las tareas diferenciales previstas en el Decreto 2136/74 y la Resolución 897/2015.
- La falta de ingreso del aporte diferencial por parte del empleador no impide el reconocimiento del beneficio.
- Para el período posterior al 01/01/2010, las tareas realizadas por el actor como "Asesor Técnico" en la Ciudad de Buenos Aires no cumplen con los requisitos de habitualidad, exposición directa al riesgo y ser parte integral de los procesos de exploración y explotación petrolera.

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